Organización Agraria Araga
El BOE define condiciones seguro para retirada de bovinos muertos en explotación
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado hoy dos órdenes con los requisitos del seguro ordinario y el renovable para la cobertura de los gastos por retirada y destrucción de bovinos muertos en la explotación, según el Plan 2012 de Seguros Agrarios Combinados. La orden AAA/2033/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica la Orden AAA/1116/2012 en relación al valor límite a efectos de indemnización.
Según esta normativa, la indemnización establecida oscila entre los 1,01 euros/kilogramo de Baleares y los 0,179 de la denominada zona 3 de Cataluña, que engloba las áreas de Altcamp, Baix Camp, Baix Ebre, Baix Penedes, Conca de Barbera, Garrigues, Montsia, Priorat, Ribera d’Ebre, Segria, Terra Alta y Tarragones.
La orden fija, además, un valor límite máximo de compensación en caso de sacrificio y enterramiento «in situ» por motivos zoosanitarios en concepto de mano de obra, maquinaria y material fungible que debe ser una “cantidad mayor entre el 20 % del capital asegurado o 600 euros por enterramiento”.
Por su parte, la orden AAA/2034/2012 -que también publica hoy el BOE y que modifica la orden AAA/1119/2012- recoge el valor de las indemnizaciones relativas a los mismos conceptos, pero referidos al seguro renovable.