Organización Agraria Araga
RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE PEQUEÑOS AGRICULTORES
ANUNCIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA, POR EL QUE SE HACE PÚBLICA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SOLICITANTES DE AYUDAS DIRECTAS QUE SE VAN A INCORPORAR AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE PEQUEÑOS AGRICULTORES. (B.O.A. 29-9-2015)
1.- Los agricultores que en 2015 posean derechos de pago básico, en propiedad, usufructo o en arrendamiento y su importe total de pagos directos a percibir sea inferior a 1.250 euros, quedarán incluidos automáticamente en el régimen para pequeños agricultores, a menos que comuniquen antes del 15 de octubre de 2015.
2.- A partir de 2015, sólo se podrán incorporar nuevos agricultores al régimen de pequeños agricultores en los casos en los que se les asigne derechos de pago a través de la reserva nacional y vayan a percibir menos de 1.250 euros en concepto de ayudas directas, así como aquellos productores que se incorporen a este régimen a través de una cesión tal y como establece en el capítulo IV del R.Decreto 1076/2014.
3.- Antes del 30 de septiembre de 2015, se efectuará un cálculo provisional estimatorio del importe del pago de todos los pagos directos por productor y se comunicará a aquellos agricultores a los que dicha estimación suponga un pago menor de 1.250 euros. También se les informará sobre su derecho a decidir no participar en el régimen de pequeños agricultores, aunque cumplan las condiciones para ello.
4.- El importe total de pagos que finalmente se calcule para cada pequeño agricultor será el total a percibir para el año 2015, (campaña 2015-2016) y sustituirá a los que deben concederse con el régimen de Pago Básico o mediante otras ayudas desacopladas y acopladas, siendo incompatible este régimen con la percepción de cualquier otro pago directo. Así mismo deberá mantenerse un número de hectáreas admisibles igual al número de derechos activados en el año 2015.
5.- El régimen simplificado para pequeños agricultores conlleva los siguientes efectos:
– Quedará exento de aplicar las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente
– No podrá ser penalizado en las ayudas de pagos directos en base a la aplicación de la condicionalidad.
– A partir de 2016 no deberá cumplir con los requisitos para su determinación como agricultor activo.
– En sucesivas campañas a partir del año 2015, su solicitud conjunta consistirá únicamente en una confirmación anual para poder recibir dicho pago.