Organización Agraria Araga
AYUDAS A PARTICULARES PARA INSTALACIONES SOLARES Y CALDERAS DE BIOMASA
ARAGA INFORMA:
Se convocan para el año 2019 ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón y dirigidas a particulares para instalaciones solares términas y de calderas de biomasa.
Beneficiarios. Exclusivamente personas físicas.
Finalidad. Se considera actuación subvencionable la ejecución de proyectos e instalaciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a:
a) Biomasa. aprovechamiento de los residuos agrícolas, forestales, ganaderos, urbanos y cultivos energéticos para su explotación energética en calderas de calefacción y agua caliente. En concreto, la utilización de la biomasa en caldeeras de potencia máxima de 70 kW para producción de energía términa para uso residencial, doméstico y/o servicios. Ya se trate de una nueva instalaciòn o de la sustitución de una caldera de otra tecnología.
b) Solar Térmica. Captación de energía términa de sol para su aprovechamiento en el sector residencial, domético y/o servicios, con una potencia términa máxima de 70 KW. Serán subvencionables las actuaciones relativas a la ejecucion de nuevos proyectos e instalaciones, así como la ampliación de potencia o sustitución de instalaciones existentes. Cuando se trate de la sustitución de anteriores instalaciones de energía renovable, solo será subvencionable la parte de la inversión proporcional a la potencia aumentada de la instalación.
Las actuaciones indicadas deberán hacerse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y haberse realizado y pagado entre el 1 de enero de 2019 y el 13 de septiembre de 2019.
Importe. La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 240.000 euros. Esta cuantía tiene carácter estimatorio y queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesion.
La cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de hasta un máximo del 40% del coste subvencionable de la invesión.
El porcentaje de subvención se determinara de acuerdo con las solicitudes y características de los proyectos presentados.
Plazo de presentación: un mes a contar desde el día siguiente de la publicacion en el BOA (4/01/2019)