Subvención para los planes de reestructuración y reconversión de viñedo, publicadas en el B.O.A. 11-12-2012.

viernes, diciembre 14, 2012 @ 09:12 AM
escrito por Prensa ARAGA

Actividades subvencionables:

  1. La reconversión varietal
  2. La reimplantación de viñedos
  3. La mejora de las técnicas de gestión de  viñedos.

No podrán acogerse a estas ayudas las siguientes actuaciones:

  1. La renovación normal de viñedos que hayan llegado al final de su ciclo natural, entendiéndose por tal, la replantación de una misma parcela de tierra con al misma  variedad de vid y según el mismo método de cultivo. En el caso de que se proceda a la replantación de una misma parcela de tierra con la misma variedad de vid el cambio de método de cultivo para poder ser subvencionable deberá incluir la instalación de una espaldera.
  2. Las acciones de reestructuración y reconversión de viñedos que ya se hayan beneficiado de estas ayudas en los últimos 10 años, para una misma superficie de viñedo. Si podrán sin embargo, estas parcelas, acogerse a las ayudas a la reconversión de la variedad por reinjerto o a la instalación de una espaldera.
  3. La renovación de viñedos que hayan sido plantados en virtud de una concesión de nuevas plantaciones hasta pasados diez años desde dicha plantación.
  4. Los viñedos de aquellos titulares que contravengan la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación.

 

Planes.

  1. Los planes de reestructuración y reconversión de viñedos tendrán un plazo de ejecución inferior a un año, sin que en ningún caso se extienda más allá del ejercicio financiero 2013. El plazo de ejecución de cada medida no podrá ser posterior al 31 de julio de 2013.
  2. Los planes serán colectivos. El número mínimo de viticultores que podrán constituir un plan colectivo será de veinte. Excepcionalmente, en aquellas zonas que por sus especiales características, a criterio fundado del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, no se pueda alcanzar el mínimo establecido, este mínimo podrá ser de 5 viticultores.

 

Presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes de estos planes comienza desde la publicación de esta orden en el B.O.A. 11-12-2012  y finalizará el día 4 de enero de 2013.

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