Organización Agraria Araga
Convocatoria de subvenciones a una parte del coste de contratación de los seguros agrarios al Plan de Seguros Agrarios Combinados de los ejercicios 2013 y 2014, para el ejercicio 2015. (BOA 1-6-2015)
Tercero.- Gastos subvencionables.
1. Tendrán la consideración de gastos subvencionables las primas que hayan satisfecho los asegurados, suscritas en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2014 y el 31 de julio de 2014 del Plan 2013; y los suscritos en el periodo que va de 1 de enero de 2014 a 31 de agosto de 2014 del Plan 2014, en el límite y la proporción que recoge el anexo a esta convocatoria.
2. También tiene la consideración de gastos subvencionables, las pólizas de seguros agrarios pendientes de ajuste en la liquidación final de subvenciones, por modificaciones en el importe del capital asegurado.
Solicitud de la subvención.
1. La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado o por el tomador en su nombre, tendrá la consideración de solicitud de la subvención prevista en esta orden. Siempre y cuando se encuentre dentro del periodo descrito en el apartado tercero.
2. En los casos de pólizas de seguro renovable, tendrán la consideración de solicitud de subvención la póliza de seguro inicialmente suscrita conjuntamente con el recibo de pago de la correspondiente anualidad.