Organización Agraria Araga
Ampliado el plazo para el cobro de ayudas por las riadas.
El Gobierno de Aragón ha modificado el decreto de ayudas a entidades locales para paliar los efectos de las riadas del Ebro que sufrieron el año pasado. El motivo de esta modificación es la ampliación de las ayudas en el 2016 y la necesidad de que los cobros y las justificaciones se adapten a la Ley.
La modificación de la orden del año pasado se refiere entre otras cosas, a las fechas para justificar las ayudas. Así la modificación publicada en el BOA de 26-10-2016 queda redactado en los siguientes términos:
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: “El plazo de justificación finalizará el 15 de diciembre de 2015. Para aquellas subvenciones que se resuelvan en 2016 favorablemente, el plazo de justificación finalizará el 15 de diciembre de 2016, excepto para las entidades locales que hayan solicitado el 100% del pago anticipado y se les haya concedido, en cuyo caso finalizará el 15 de septiembre de 2017.
ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: “La entidad local beneficiaria de la subvención deberá proceder a su aceptación mediante Decreto de su Alcaldía-Presidencia, en el plazo máximo de siete días naturales contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión. En caso contrario se producirá la pérdida de la eficacia de la resolución de concesión de la subvención.
PAGO ANTICIPADO: ” A solicitud de la entidad local beneficiaria, el Consejero de Presidencia podrá, mediante resolución motivada, ordenar el anticipo de hasta un 100% de la totalidad de la ayuda concedida. Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo máximo de siete días naturales contados a partir del día siguiente al de la notificación de concesión o de la notificación de la modificación de la presente convocatoria.